La administración anterior dejó a RTVC una sanción por incumplir la protección de niños, niñas y adolescentes
- La CRC impuso una multa y una amonestación por la emisión de la película Aquarius en franja familiar y por una advertencia que no informó de manera clara, veraz y suficiente la naturaleza del contenido.
- RTVC recibió una nueva carga derivada de decisiones adoptadas durante la administración anterior.
Mediante la Resolución 8232 del 27 de mayo de 2026, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) declaró responsable a la entidad por hechos ocurridos el 8 de febrero de 2025, cuando Señal Colombia emitió a las 8:00 p. m. la película Aquarius, con contenido de connotación sexual, dentro de la franja familiar.
Una irresponsabilidad que desconoció la protección de las audiencias
La decisión no obedeció al valor artístico de la obra ni constituye un acto de censura. El reproche recayó sobre la forma en que se programó y presentó el contenido: la advertencia previa no permitió a las familias conocer de manera cierta y suficiente lo que sería emitido, y la programación resultó incompatible con la franja familiar.
No se trató de un error menor. La CRC calificó la conducta como grave y advirtió un bajo nivel de diligencia en el cumplimiento de los deberes destinados a proteger a los niños, niñas y adolescentes. La administración anterior desconoció salvaguardas legales que buscan evitar que esta población quede expuesta a contenidos inadecuados y que permiten a padres y cuidadores tomar decisiones informadas.
Una herencia que tiene costo para RTVC
La CRC impuso una multa de 53,5 salarios mínimos mensuales legales vigentes de 2025, equivalente a aproximadamente $76,2 millones, por el incumplimiento del deber de advertencia, y una amonestación por la emisión del contenido en franja familiar. Estas consecuencias económicas e institucionales fueron originadas por actuaciones de la administración anterior y hoy constituyen una carga heredada para RTVC.
La protección reforzada de la niñez no es una formalidad. Está prevista en el artículo 47, numeral 6, de la Ley 1098 de 2006 y desarrollada por la regulación de la CRC. Ignorarla fue una actuación irresponsable que comprometió recursos públicos, afectó la confianza de las audiencias y trasladó a la actual administración la obligación de corregir sus efectos.
RTVC corrige y responde
La actual administración cumplirá las decisiones que se encuentren en firme, fortalecerá los controles de clasificación, programación y advertencia de contenidos, y documentará las responsabilidades que puedan corresponder. Asimismo, evaluará las acciones jurídicas, disciplinarias y fiscales a que haya lugar, sin anticipar competencias ni conclusiones reservadas a las autoridades.
RTVC, como Sistema de Medios Públicos de Colombia, tiene un deber superior con sus audiencias. Proteger a los niños, niñas y adolescentes no es censurar: es cumplir la ley, actuar con diligencia y garantizar que la radio y la televisión públicas sean espacios seguros, responsables y confiables.