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  1. El Contratista vende a RTVC los derechos exclusivos de emisión del material audiovisual señalado en la cláusula segunda, por el tiempo definido en el plazo del contrato.
    21 de Julio de 2015
  2. El Contratista vende a RTVC los derechos exclusivos de emisión del material audiovisual señalado en la cláusula segunda, por el tiempo definido en el plazo del contrato.
    21 de Julio de 2015
  3. El Contratista se obliga con RTVC  a prestar servicios profesionales para realizar actividades de producción general para el proyecto convergente "Mi señal " del Canal Señal Colombia.
    21 de Julio de 2015
  4. EL CONTRATISTA  se obliga a prestar sus servicios como investigador - guionista para los programas audiovisuales de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas.
    21 de Julio de 2015
  5. El Contratista se obliga a llevar a cabo la producción general del programa institucional del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
    21 de Julio de 2015
  6. Prestación de servicios de asesoría y soporte especializado en materia audiovisual para la programación y producciones del Canal Señal Institucional
    21 de Julio de 2015
  7. El Contratista se obliga a llevar a cabo la presentación de los programas audiovisuales de la Superintendencia de Industria y Comercio.
    21 de Julio de 2015
  8. EL CONTRATISTA se obliga con RTVC a prestar los servicios periodísticos para los programas de la Superintendencia de Industria y Comercio.
    21 de Julio de 2015
  9. El Contratista se obliga con RTVC a prestar servicios profesionales relacionados con la producción de los programas de la Unidad Administrativa Especial de Restitución de Tierras Despojadas.
    21 de Julio de 2015
  10. El Contratista se obliga con RTVC  a la prestación de servicios de dirección fotográfica del programa institucional del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
    21 de Julio de 2015