Término | Definición |
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Relación de protección (R.F.) |
Valor mínimo, generalmente expresado en decibelios, de la relación entre la señal deseada y la señal no deseada a la entrada del receptor, determinado en condiciones especificadas, que permite obtener una calidad de recepción especificada de la señal deseada a la salida del receptor. |
Red de satélite |
Sistema de satélites o parte de un sistema de satélites que consta de un solo satélite y de las estaciones terrenas asociadas. |
Recepción individual (en el Servicio de Radiodifusión por satélite) |
Recepción de las emisiones de una estación espacial del Servicio de Radiodifusión por satélite con instalaciones domésticas sencillas y, en particular, aquellas que disponen de antenas de pequeñas dimensiones. |
Recepción comunal (en el Servicio de Radiodifusión por satélite) |
Recepción de las emisiones de una estación espacial del Servicio de Radiodifusión por satélite con instalaciones receptoras que en ciertos casos pueden ser complejas y comprender antenas de mayores dimensiones que las utilizadas para la recepción individual y destinadas a ser utilizadas: – por un grupo del público en general, en un mismo lugar; o – mediante un sistema de distribución que dé Servicio a una zona limitada. |